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Cuando el árbitro también mueve las fichas

La Pampa llevó a la Justicia el decreto con el que Milei modificó el reparto de regalías de Los Nihuiles en beneficio de Mendoza. El agua viene de lejos, la disputa también. Pero esta vez, además de millones, represas y provincias, sobre la mesa aparece una pregunta incómoda: ¿puede el Ejecutivo resolver por decreto aquello que todavía está discutiéndose ante los jueces?

Hay conflictos argentinos que envejecen mejor que el vino. El del río Atuel es uno de ellos.

Mendoza y La Pampa llevan décadas discutiendo agua, derechos, caudales, aprovechamientos y competencias. Ahora apareció un ingrediente capaz de convertir un antiguo expediente federal en un plato mucho más condimentado: las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles.

El gobernador pampeano Sergio Ziliotto presentó una medida cautelar para intentar suspender parcialmente el decreto 982/2026 del presidente Javier Milei, que modificó el régimen mediante el cual La Pampa venía percibiendo parte de esas regalías y las atribuyó íntegramente a Mendoza.

Hasta aquí podríamos estar simplemente ante otro capítulo de una larguísima disputa entre vecinos.

Pero aparece una pequeña incomodidad jurídica.

Y las pequeñas incomodidades jurídicas suelen crecer cuando alguien las riega con decretos.

La Pampa sostiene que el reparto no dependía exclusivamente del decreto de 1973 ahora desplazado, sino también de un convenio tripartito de 1992 entre Nación, Mendoza y La Pampa, aprobado por las legislaturas provinciales. Su argumento es sencillo de entender incluso sin toga: si tres partes firmaron un acuerdo, una de ellas difícilmente pueda levantarse una mañana y anunciar que desde ahora el acuerdo significa otra cosa.

Eso deberá decidirlo la Justicia.

Precisamente ahí empieza lo interesante.

Porque existe además una causa iniciada por Mendoza ante la Corte Suprema en 2022. Mendoza reclama que el antiguo reparto era inconstitucional y pretende recuperar sumas que, según su posición, nunca debieron corresponder a La Pampa.

Es decir: la discusión ya estaba judicializada.

La propia Nación había solicitado la intervención de La Pampa en aquel proceso. Y mientras los tribunales todavía tienen sobre la mesa el desacuerdo, el Poder Ejecutivo dictó un decreto que modifica justamente la situación que se está discutiendo.

Una especie de:

—Señores jueces, decidan ustedes.

Y, mientras deciden ustedes, decido yo.

Aquí la cautelar de Ziliotto encuentra probablemente su argumento políticamente más potente. No demuestra que La Pampa tenga razón en el fondo —eso sería adelantarnos varias estaciones—, pero plantea algo bastante más incómodo: si existe una controversia sometida a los tribunales, alterar previamente el statu quo puede terminar convirtiendo la futura sentencia en una magnífica explicación de algo que ya ocurrió.

Y todavía falta otro detalle.

Las represas no están esperando pacientemente a que los constitucionalistas terminen de discutir.

El sistema hidroeléctrico Los Nihuiles atraviesa un proceso de concesión por treinta años. Hay intereses empresariales importantes alrededor de la operación y, por lo tanto, cualquier modificación en el régimen económico deja de ser una abstracción jurídica para convertirse en dinero contante, sonante y concesionable.

Allí aparecen Pampa Energía y el Grupo Neuss entre los interesados mencionados alrededor del negocio.

Y allí también comienza la zona donde un editorial debe caminar con zapatos de buen cuero y suela antideslizante.

Desde sectores pampeanos se insinúa que el decreto podría constituir una compensación política hacia Mendoza y que detrás de la aceleración existen intereses vinculados con la futura adjudicación. Son acusaciones e hipótesis políticas, no hechos probados. Confundir ambas cosas sería transformar una sospecha en sentencia, especialidad que ya cuenta con suficientes profesionales en la República.

Lo comprobable es otra cosa: Alfredo Cornejo mantiene una relación política de cooperación con Javier Milei, y Mendoza resulta beneficiada por la decisión presidencial.

Eso no convierte automáticamente al decreto en un “favor”.

Pero tampoco vuelve impertinente la pregunta.

Cornejo tiene, además, un argumento que merece ser escuchado. Sostiene que la generación hidroeléctrica se produce íntegramente en territorio mendocino: allí están la pendiente, las instalaciones y la infraestructura que convierten el agua en electricidad. Desde esa perspectiva, una cosa sería compartir un río interprovincial y otra distinta compartir las regalías originadas por la generación eléctrica.

No es un argumento absurdo.

El problema es que enfrente existe otro tampoco absurdo: sin agua no gira ninguna turbina, por mucha pendiente, hormigón y entusiasmo federal que se tenga.

De allí que el verdadero asunto no consista en decidir editorialmente si el agua es más mendocina cuando baja o más pampeana cuando llega. Para eso existen tratados, leyes, antecedentes y, afortunadamente, jueces con expedientes suficientemente gruesos como para mantenerlos ocupados.

La cuestión institucional es bastante más sencilla.

Si un derecho fue ejercido durante décadas, está respaldado —según una de las partes— por acuerdos anteriores y además existe una controversia judicial pendiente, el Poder Ejecutivo debería poseer razones extraordinariamente sólidas para modificar unilateralmente la situación antes de que los tribunales se pronuncien.

Porque gobernar también consiste en saber qué botón no conviene apretar.

Milei puede considerar jurídicamente correcto beneficiar a Mendoza con la totalidad de las regalías. Cornejo puede considerar históricamente injusto haberlas compartido. Ziliotto puede defender que La Pampa posee un derecho adquirido.

Los tres pueden argumentar.

Lo que ninguno debería poder hacer es reemplazar el argumento por el hecho consumado.

La cautelar ahora obligará a la Justicia a pronunciarse, al menos provisionalmente, sobre esa modificación. Después vendrán la Corte, los convenios, las regalías, los kilómetros de expedientes y probablemente otros veinte años de fraternidad cuyana-pampeana.

Pero debajo de toda esa ingeniería jurídica queda una pregunta mucho más terrenal.

Si la Justicia todavía estaba discutiendo quién tenía razón, ¿por qué había tanta urgencia por repartir el dinero antes de conocer la respuesta?

En política, querido lector, algunas preguntas son incómodas.

Las que llevan una represa detrás suelen serlo un poco más.

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